Despido nulo de una empleada pública embarazada, e indemnización por daños morales.
Y continuamos con la retaila de sentencias declarando no ajustados a derecho despidos de empleados públicos enmarcados en las políticas de recortes del déficit, y justificados por la administración como despidos objetivos, normalmente por motivos económicos.
Esta vez el despido no se declara improcedente, si no nulo con las consecuencias legales de un despido nulo, que en este caso es la readmisión obligatoria de la empleada pública y una indemnización de 50.000 euros por daños morales.
Se trata de una empleada del consorcio Catalan Films, que fue despedida basándose en las medidas de recorte y austeridad presupuestaria impuesta por la Generalitat de Cataluña a todos sus organismos.
La trabajadora al comunicar que estaba embarazada fue apartada del círculo de responsables, y tras sufrir un aborto durante una baja laboral por estrés, fue despedida al solicitar una reducción de jornada al incorporarse.
La sentencia es de fecha 22 de noviembre de 2011 del juzgado de lo Social 8 de Barcelona.
| < Anterior | Siguiente > |
|---|


